• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 172/2024
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ERTE COVID. Periodo de percepción de prestaciones de desempleo como consecuencia de la suspensión del contrato de trabajo por un ERTE-Covid. No debe computarse como cotizado a efectos de percibir una nueva prestación de desempleo. Reitera doctrina
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 1127/2024
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESEMPLEO. ERTE-COVID. Prestaciones por desempleo tras finalizar ERTE-Covid. Ese periodo no computa como cotizado a efectos de percibir una nueva prestación de desempleo. Aplicación de las normas comunes, al no existir previsión contraria en la regulación especial por tales ERTE. Aplica STS Pleno 980/2023, de 16 noviembre (rcud 5326/2022), seguida por otras muchas
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 3761/2023
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ERTE COVID. Periodo de percepción de prestaciones de desempleo como consecuencia de la suspensión del contrato de trabajo por un ERTE-Covid. No debe computarse como cotizado a efectos de percibir una nueva prestación de desempleo. Reitera doctrina
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 5484/2023
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ERTE COVID. Periodo de percepción de prestaciones de desempleo como consecuencia de la suspensión del contrato de trabajo por un ERTE-Covid. No debe computarse como cotizado a efectos de percibir una nueva prestación de desempleo. Reitera doctrina
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 1364/2024
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESEMPLEO. ERTE-COVID. Prestaciones por desempleo tras finalizar ERTE-Covid. Ese periodo no computa como cotizado a efectos de percibir una nueva prestación de desempleo. Aplicación de las normas comunes, al no existir previsión contraria en la regulación especial por tales ERTE. Aplica STS Pleno 980/2023, de 16 noviembre (rcud 5326/2022), seguida por otras muchas
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 4861/2023
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Prestaciones por desempleo tras finalizar ERTE-Covid. Ese periodo no computa como cotizado a efectos de percibir una nueva prestación de desempleo. Aplicación de las normas comunes, al no existir previsión contraria en la regulación especial por tales ERTEs. Aplica STS Pleno 980/2023, de 16 noviembre (rcud 5326/2022), seguida por otras muchas
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 1361/2024
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESEMPLEO. ERTE-COVID. Prestaciones por desempleo tras finalizar ERTE-Covid. Ese periodo no computa como cotizado a efectos de percibir una nueva prestación de desempleo. Aplicación de las normas comunes, al no existir previsión contraria en la regulación especial por tales ERTE. Aplica STS Pleno 980/2023, de 16 noviembre (rcud 5326/2022), seguida por otras muchas
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO
  • Nº Recurso: 579/2024
  • Fecha: 21/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los períodos de inactividad en una jornada concentrada no generan derecho a prestación por desempleo, al no existir situacion legal de desempleo. Asi ocurre aunque la relación laboral esté suspendida por un ERTE Covid-19 ya que no habiendo previsión específica por parte de la legislación especialmente destinada a disciplinar ese supuesto, hay que estar a las reglas comunes contenidas en la LGSS.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: WENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
  • Nº Recurso: 1021/2022
  • Fecha: 20/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia contra el Real Decreto 954/2022, de 15 de noviembre, de creación de setenta unidades judiciales correspondientes a la programación de 2022 y adecuación de la planta judicial, publicado en el B.O.E. el 16 de noviembre de 2022, en el que se interesaba la declaración de la nulidad del Preámbulo, los arts. 1 y 8, así como las Disposiciones Transitorias 2ª y 3ª, en todos esos preceptos, limitando la declaración de nulidad a las referencias que en ellos se hace a la extensión territorial del Juzgado de la Violencia contra la Mujer del Juzgado de Alzira, de nueva creación, al partido judicial de Xátiva. Rechaza los defectos formales aducidos como vicio de nulidad del RD, remitiéndose a lo dicho en previas SSTS n.º 1949/2024 y n.º 2027/2024, de 11 y 20 de diciembre, dictadas en los recursos contencioso-administrativo 15/2024 y 40/2023. Destaca asimismo que la adscripción estaba prevista desde el inicio del procedimiento y debidamente justificada en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo. Además, subraya que el criterio de especialización de los juzgados de violencia de género, conforme a la LO 1/2004 y el Pacto de Estado de 2017, prevalece sobre la proximidad geográfica, y que la propuesta alternativa del recurrente (crear un juzgado en Ontinyent) excede el objeto del recurso y no es jurídicamente viable.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES
  • Nº Recurso: 7252/2021
  • Fecha: 20/10/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Plazo de prescripción aplicable a las acciones de responsabilidad por deudas de administradores del art. 367 LSC tras la reforma de la Ley de Sociedades de Capital por la Ley 31/2014, que introdujo el art. 241 bis. Demanda en la que se ejercitaban acumuladamente la pretensión de reclamación de la deuda contra la sociedad y la acción de responsabilidad por deudas del administrador social. La sentencia de primera instancia, confirmada por la Audiencia Provincial, desestimó la acción acumulada frente al administrador, al considerar que la acción de responsabilidad por deudas estaba prescrita, al haber transcurrido el plazo de cuatro años previsto en el art. 241 bis LSC. Recurre en casación la parte demandante y la sala estima el recurso. No son aplicables ni el art. 241 bis de la Ley de Sociedades de Capital (que rige para la acción individual y para la acción social de responsabilidad), ni el art. 949 del Código de Comercio (que tras la reforma de la Ley de Sociedades de Capital por la Ley 31/2014 ha quedado circunscrito en su ámbito de aplicación a las sociedades personalistas). En consecuencia, el plazo de prescripción de la acción del art. 367 de la Ley de Sociedades de Capital será el mismo que el de la obligación a la que sirve de garantía legal solidaria. En este caso, como quiera que la deuda proviene del impago del precio de una compraventa de mercancías, resulta aplicable el plazo de prescripción de las obligaciones personales del art. 1964 CC. Puesto que la deuda nació entre marzo y agosto de 2014, debe tenerse en cuenta que la Ley 42/2015, de 5 de octubre, mediante su Disposición Adicional Primera, reformó el citado art. 1964 CC, en el sentido de reducir de quince a cinco años el plazo de prescripción de las acciones personales. Y, conforme a la interpretación que de dicha normativa ha hecho la sala (por todas, sentencia 29/2020, de 20 de enero), la acción no estaba prescrita cuando se interpuso la demanda.

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